IV. Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

A quién va dirigido el servicio profesional de carrera.

El artículo 4 señala que los servidores públicos de carrera se clasificarán en servidores públicos eventuales y titulares. Los eventuales son aquellos que, siendo de primer nivel de ingreso se encuentren en su primer año de desempeño, los que hubieren ingresado con motivo de los casos excepcionales y aquellos que ingresen por motivo de un convenio. Por su parte, el servidor público de carrera ingresará al sistema a través de un concurso de selección y sólo podrá ser nombrado y removido en los casos y bajo los procedimientos previstos en la ley.

El Sistema del Servicio Profesional de Carrera comprenderá, tomando como base el catálogo, los siguientes rangos:

  1. Director General;
  2. Director de Área;
  3. Subdirector de Área;
  4. Jefe de Departamento y;
  5. Enlace

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¿A quién va dirigido el Servicio Profesional de Carrera?

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