La ciencia tiene posibilidades de adelantarse
a la ley y a la ética. Eso sucedió de
manera dramática en 1945 con la destructiva
bomba atómica y, ahora, sucede lo mismo en el
aspecto creativo de la vida con las técnicas para
superar la infertilidad humana.
La mayoría de nosotros se regocijó con la
familia Brown de Inglaterra cuando nació
Louise, el primer bebé probeta.Y nos hemos
maravillado ante otras primicias: las más
recientes los nacimientos de bebés sanos que
habían sido en su día embriones congelados
en espera del momento adecuado para su
implantación en la futura madre.
Ha surgido una tormenta de cuestiones
legales y éticas sobre dos de esos embriones
congelados de Australia. Los embriones iban
a ser implantados en Elsa Ríos, la esposa de
Mario Ríos. Un implante anterior de embriones
había fracasado y la familia Ríos quería
tener otra oportunidad de ser padres. Pero,
antes de que tuvieran la segunda oportunidad,
los Ríos murieron en un accidente de
avión.
¿Qué debía hacer el hospital australiano
con los embriones congelados? ¿Podían ser
implantados en otra persona? Se presentaron
muchas voluntarias. ¿Eran los embriones
de algún modo propiedad sustancial de los
Ríos? ¿O se debían destruir los embriones?
El matrimonio Ríos, lógicamente, no había
dispuesto nada sobre el futuro de los
embriones.
Los australianos nombraron una comisión
para estudiar el asunto. La semana pasada,
la comisión emitió su informe. Los
embriones debían ser descongelados, según
dijo la comisión, porque la donación de
embriones requeriría el consentimiento de |
|
los “productores” y ese consentimiento no
había sido dado. La comisión dijo que los
embriones en su estado actual no tenían
vida ni derechos y, por lo tanto, podían ser
destruidos.
Los miembros de la comisión eran conscientes
de estar pisando terrenos legales y éticos
resbaladizos. Por tanto, solicitaron que se
abriera un plazo de tres meses para que la opinión
pública se pronunciara sobre la recomendación
de la comisión. Si había una opinión
generalizada en contra de destruir los embriones,
la comisión lo reconsideraría.
Las parejas que se apuntan ahora en el
Hospital Reina Victoria de Sidney en los programas
de fertilización in vitro, deben especificar
lo que debe hacerse con los embriones
si le pasa algo a la pareja.
Esto garantiza que no se vuelva a producir
una situación similar a la de los Ríos. Pero
¿qué hay de otras cuestiones igualmente
complejas? En Francia, una mujer tuvo que
acudir a los tribunales para que le permitieran
tener un hijo a partir del esperma congelado
de su marido fallecido. ¿Cómo se
debe tratar una petición como esa? ¿Qué se
debe hacer si una madre de alquiler rompe el
contrato de tener el bebé y rehusa entregarlo
a quien se lo había prometido?
Nuestra sociedad ha fracasado por el
momento en proponer normas aplicables
para frenar el potencial destructivo del
poder atómico. Estamos recogiendo la espeluznante
cosecha de ese fracaso. Las posibilidades
de un empleo erróneo de la capacidad
de los científicos para estimular o retrasar la
procreación son múltiples. Se deben establecer
límites legales y éticos antes de que vayamos
demasiado lejos. |