I. Concepto y principios del Servicio Público

Otras visiones sobre Servicio Público

La Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, en su Art. 10º párrafo tercero establece:

"Para los efectos de esta ley, se entiende por Servicio Público, la actividad organizada que se realice conforme a las leyes vigentes en el Distrito Federal, con el fin de satisfacer en forma continua, uniforme, regular y permanente, necesidades de carácter colectivo".

En cuanto a la jurisprudencia la Suprema Corte sostiene que:

"El Servicio Público consiste en la actividad que se desarrolla para satisfacer una necesidad colectiva de carácter económico o cultural, mediante prestaciones que por virtud de norma especial del poder público, deben ser regulares, continuas y uniformes..." .

Otra definición es la que señala que:

" ... La noción de servicio público que, consistiendo este, para usar la misma definición del tratadista Fraga, invocada por el juez, es la actividad que se desarrolla para satisfacer una necesidad colectiva de carácter económico o cultural, mediante prestaciones que por virtud de norma especial del Poder Público, deben ser regulares, continuas y uniformes..."