Tipos de crédito más comunes

Para decidir el crédito que mejor se adapte a las necesidades de la empresa es importante conocer los conceptos básicos de cada servicio posible para contrato, y utilizar el más adecuado a las diferentes necesidades y posiblidades de cada sociedad, ya que para cada caso existe el crédito "a la medida".

QUIROGRAFARIOS APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE

Consistente en el préstamo que hace el acreditante (el banco) al acreditado (la empresa) y que se documenta solamente mediante su firma en un pagaré. Solicitado y otorgado para solventar necesidades temporales o urgentes de capital de trabajo.

En virtud de la cual, el acreditante (el banco) se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado (la empresa), para que se haga uso del crédito en la forma y en los términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen.

APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE

Documentado mediante contrato, es la línea de crédito establecida por el acreditante en favor del acreditado para que ésta pueda disponer de recursos (cargos), dentro de la vigencia del contrato y con un límite autorizado. El cliente puede reembolsar (abonos) total o parcialmente lo que haya utilizado pudiendo volver a utilizar el saldo que le quede disponible. Sólo el saldo que resulte a la fecha de clausura de la cuenta constituye un crédito exigible y disponible. Ejemplo, el uso de las tarjetas de crédito (disposición-pago).

APERTURA DE CRÉDITO DE HABILITACIÓN O AVÍO

APERTURA DE CRÉDITO REFACCIONARIO
Documentado mediante contrato, es aquel en que el acreditado queda obligado a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de materias primas y materiales, y en el pago de los jornales, salarios y gastos directos de explotación indispensables para los fines de la empresa. Estarán garantizados por las mismas materias primas y materiales adquiridos y con los frutos, productos o artefactos que se obtengan con el crédito, aunque éstos sean futuros o pendientes. Con este tipo de crédito se apoya el ciclo productivo de las personas dedicadas a la industria, ganadería o agricultura. Documentado mediante contrato, es aquel en que el acreditado se obliga a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de aperos, instrumentos, útiles de labranza, abonos, ganado o animales de cría, en la realización de plantaciones o cultivos cíclicos o permanentes, en la apertura de tierras para el cultivo, en la compra o instalación de maquinarias y en la construcción o realización de obras materiales necesarias para el fomento de la empresa del acreditado. También podrá pactarse que parte del importe del crédito se destine a cubrir las responsabilidades fiscales que pesen sobre la empresa del acreditado o sobre los bienes que éste use con motivo de la misma, al tiempo de celebrarse el contrato y que parte de ese importe se aplique al pago de adeudos en que se hubiere incurrido por gastos de explotación o compra de bienes muebles e inmuebles o de la ejecución de las obras que antes se mencionan, siempre que hayan tenido lugar dentro del año anterior a la fecha del contrato. Quedan garantizados con los objetos para los que se destinó el crédito (maquinaria y otros).

Los créditos tales como el de Habilitación o Avío y el Refaccionario, de forma general quedan garantizados por los bienes que se adquieran con la cantidad del crédito, sin embargo en otros créditos como el Cuenta Corriente, por sí mismos no tienen garantía, requiriéndose entonces de garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones pactadas en los contratos de crédito

Información basada en el libro titulado “Fuentes de Financiamiento: manual de consulta/ Grupo Guadalajara. México: Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas,1992”.

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